🚨 CRIM emite nueva Orden Administrativa sobre exención contributiva para medicamentos recetados

El Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM) emitió la Orden Administrativa Núm. 2026-0004, mediante la cual se implementa la Ley 78-2025 y la exención contributiva sobre propiedad mueble aplicable a ciertos medicamentos recetados.

Objetivo de la medida
La Orden Administrativa busca uniformar el proceso de reclamación de esta exención contributiva y reducir la carga contributiva sobre inventario de medicamentos recetados dentro de la industria farmacéutica y de salud en Puerto Rico.

 


Base legal de la exención
La orden toma como referencia la definición de medicamentos recetados exentos bajo la Sección 4030.12 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico, la cual dispone la exención de IVU para medicamentos recetados despachados mediante receta médica.

 

¿Qué medicamentos cualifican para la exención?
En términos generales, cualifican:
• Medicamentos recetados para consumo humano despachados bajo receta médica.
• Insulina y ciertos medicamentos biológicos recetados.
• Productos cuya venta esté regulada por prescripción médica.

⚠️ Generalmente NO cualifican:
• Medicamentos OTC (“over the counter”) sin receta.
• Vitaminas y suplementos no recetados.
• Productos cosméticos o de cuidado personal.
• Inventario no relacionado directamente a medicamentos recetados.

 

Licencias y requisitos regulatorios
La Orden requiere que el contribuyente mantenga vigentes las licencias aplicables emitidas por el Departamento de Salud, según la naturaleza de la operación. Dependiendo del tipo de negocio, podrían incluir:
• Licencia de farmacia.
• Licencia de distribuidor o mayorista de medicamentos.
• Permisos regulatorios para manufactura o almacenaje de productos farmacéuticos.
• Otras certificaciones aplicables del Departamento de Salud.


¿Cómo se reclama la exención?
La orden establece que el contribuyente deberá:
• Segregar claramente en sus récords el inventario exento y no exento.
• Identificar el valor del inventario de medicamentos recetados elegibles en la planilla de propiedad mueble.
• Completar y someter el nuevo:
Modelo AS-81 Anejo A – Certificación del Contribuyente


Segregación de inventario
Uno de los puntos más importantes de la orden es que el inventario debe mantenerse adecuadamente segregado y documentado para poder sustentar la exención.


Esto implica mantener récords que permitan distinguir entre:
✅ Inventario de medicamentos recetados exentos
❌ Inventario tributable o no elegible


⚠️ La falta de segregación adecuada podría provocar ajustes o denegación de la exención durante procesos de revisión o auditoría.


Documentación de respaldo
La orden requiere conservar documentación suficiente para evidenciar elegibilidad, incluyendo entre otros:
• Licencias vigentes del Departamento de Salud.
• Detalles y valorización del inventario exento.
• Récords contables y auxiliares de inventario.
• Facturas, sistemas de inventario y documentación de respaldo.
• Certificaciones requeridas junto al Modelo AS-81 Anejo A.