El Departamento de Hacienda emitió la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 26-13 (“CC RI 26-13”), mediante la cual establece la integración de la radicación y el pago del IVU Municipal en SURI e incorpora una nueva versión de la Planilla Mensual de IVU (Modelo SC 2915). Este cambio busca simplificar el cumplimiento de los comerciantes y uniformar el proceso de radicación.
¿Cuándo entra en vigor?
Aplica a la Planilla Mensual de IVU correspondiente al mes de julio de 2026, cuyo vencimiento será el 20 de agosto de 2026.
La nueva planilla estará disponible en SURI a partir del 1 de agosto de 2026.
Principales cambios
Dos cuentas de IVU en SURI
A partir del 1 de julio de 2026, SURI creará automáticamente dos cuentas para cada comerciante:
• Ventas y Uso – Estatal
• Ventas y Uso – Municipal
No será necesario realizar ninguna acción por parte del comerciante.
Aunque la cuenta de Ventas y Uso – Municipal aparecerá en SURI desde el 1 de julio de 2026, no podrá utilizarse para realizar transacciones hasta el 1 de agosto de 2026, cuando estará disponible la Planilla Mensual de IVU correspondiente a julio de 2026.
Una sola radicación para municipios participantes
La Planilla Mensual de IVU incluirá tanto el IVU Estatal como el IVU Municipal de los 73 municipios participantes, eliminando la necesidad de radicar una planilla mensual separada ante COFIM para dichos municipios.
Cinco municipios continúan fuera del nuevo sistema
Los comerciantes con localidades en:
• Bayamón
• Carolina
• Guaynabo
• Mayagüez
• San Juan
deberán continuar radicando y pagando el IVU Municipal directamente ante dichos municipios.
Nueva versión del Modelo SC 2915
La planilla incorpora tres nuevos anejos:
• Anejo 7 – Resumen de Ventas por Municipio
• Anejo 8 – Uso de Inventario y Autoconsumo
• Anejo 9 – Reconciliación de Ventas Tributables y Exentas a Nivel Municipal
Cambia la forma de pagar
Aunque la radicación será una sola, el comerciante deberá realizar dos pagos electrónicos separados en SURI:
• Uno por el IVU Estatal.
• Otro por el IVU Municipal.
Para los municipios participantes, el comerciante realizará un solo pago del IVU Municipal, sin necesidad de efectuar pagos individuales por municipio.
Importante
Los comerciantes deben mantener actualizado su Registro de Comerciante en SURI, incluyendo todas sus localidades, ya que el sistema utilizará esa información para atribuir correctamente el IVU Municipal entre los municipios participantes.
