El Departamento de Hacienda emitió la Carta Circular de Rentas Internas Núm. 26-11 (“CC RI 26-11”), mediante la cual establece los periodos de exención del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) para la compra de uniformes y materiales escolares correspondientes al año fiscal 2026-2027.
Fechas del periodo libre de IVU:
Verano 2026
• Desde las 12:00 a.m. del viernes, 17 de julio de 2026
• Hasta las 11:59 p.m. del sábado, 18 de julio de 2026
Enero 2027
• Desde las 12:00 a.m. del viernes, 8 de enero de 2027
• Hasta las 11:59 p.m. del sábado, 9 de enero de 2027
Artículos exentos de IVU
La exención aplica a uniformes escolares requeridos por la institución educativa y a una amplia variedad de materiales escolares, incluyendo:
• Bultos escolares
• Calculadoras
• Crayolas
• Lápices y bolígrafos
• Carpetas
• Pegas y adhesivos
• Marcadores
• Tijeras
• Reglas
• Cartulinas y papeles escolares
• Loncheras
• Memorias USB (“flash drives”)
• Instrumentos musicales
• Materiales de arte y dibujo, entre otros.
IMPORTANTE:
Los libros impresos, libros electrónicos (“e-books”) y las libretas de notas continúan exentos del IVU durante todo el año, independientemente de estos periodos especiales.
No todo está cubierto por la exención
Entre los artículos que NO cualifican se encuentran:
• Carteras y billeteras
• Joyería
• Cosméticos
• Relojes
• Gafas de sol
• Equipo protector
• Uniformes o equipo deportivo especializado
• Materiales y equipos de costura vendidos por separado.
Compras por internet
Las compras realizadas por internet, teléfono o correo electrónico podrán cualificar para la exención siempre que el artículo sea pagado y entregado durante el periodo libre de IVU establecido.
