Parés Alicea explicó que todo crédito contributivo otorgado previo al 1 de enero de 2023, se considerará un Crédito Pre MCC y no se registrará en el manejador. Estos créditos tendrán ciertas reglas de transición, que incluyen un periodo de tres años contributivos luego de la fecha de implementación del MCC, para la reclamación de los mismos contra la contribución sobre ingresos.
El primer año contributivo del periodo de transición es el 2023, por lo que los Créditos Pre MCC podrán ser reclamados hasta el año contributivo 2025. Cualquier balance disponible y no utilizado al finalizar el periodo de tres años, no podrá ser reclamado ni arrastrado hacia años consecutivos subsiguientes.
Por otra parte, los créditos que se otorguen a partir del 1 de enero de 2023, fecha de implementación del MCC, se considerarán Créditos Post MCC y para poder reclamarlos en la planilla, será requisito que el crédito esté registrado en el MCC.
Para facilitar la implementación de la herramienta, Hacienda estableció un periodo de congelación entre el 1 y el 17 de enero de enero de 2023, durante el cual las agencias reguladoras podían recibir y evaluar solicitudes nuevas de créditos contributivos, pero no emitir certificaciones.