“Como todo reintegro, cualquier cantidad que se vaya a desembolsar, si hay alguna deuda ante el Departamento de Hacienda, pendiente de saldo o por concepto de ASUME, pues se abona a esa deuda y el remanente, si alguno, se desembolsa”, sostuvo Pantoja.
Al ser cuestionado específicamente sobre las obligaciones por pensión alimentaria, el secretario reiteró que estas deudas tendrán prioridad en el proceso antes de que se emita cualquier pago al contribuyente.
“Y cualquier remanente pues entonces se le envía al contribuyente”, añadió.
El alivio contributivo se calculará una vez concluya el ciclo de radicación de planillas y no será un monto fijo, por lo que el pago final dependerá tanto de la elegibilidad del contribuyente como de la existencia de deudas contributivas o de pensión alimentaria.
